Servicio de Información y Orientación

El Servicio de Información y Orientación se constituye como un servicio de atención e información integral a la población migrada sobre sus derechos y deberes así como sobre los recursos de atención primaria existentes en el municipio de Castellón y su forma de acceso a los mismos, como vía que permita fomentar una plena integración e impulsar la participación de la población en los diferentes programas llevados a cabo desde el Negociado de Inmigración y Convivencia Social. Horario:
  • Mañanas: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
  • Tardes: de lunes a jueves, de 17:00 a 19:00 horas.

Cursos de Castellano/Valenciano

Instancia en el Portal de la Ciudadanía.

Con los cursos de castellano y valenciano, se pretende, facilitar el proceso de acomodación de los/as inmigrantes cuando llegan a nuestra ciudad, propiciando la superación de obstáculo que suponen las barreras lingüísticas.

DESTINATARIOS/AS.

Personas inmigrantes mayores de 18 años, empadronadas en Castellón.

OBJETIVOS.

General: Eliminar las barreras lingüísticas entre la población del municipio.

Específicos: Posibilitar a las personas migradas el conocimiento de las lenguas cooficiales: castellano y valenciano.

ESTRUCTURA.

Están estructurados por curso escolar (comienzan en septiembre y finalizan en junio) y organizados por cuatrimestrales.

  • 1º cuatrimestre (octubre- noviembre-diciembre-enero).
  • 2º cuatrimestre (febrero- marzo-abril-mayo).

Las pre-inscripciones se solicitan en AMICS mediante el modelo indicado.

Servicio de Traducción

Se constituye como un servicio de apoyo a distintas entidades públicas y privadas y en especial a los servicios sociales de base, en el desarrollo de su intervención profesional con población migrada.

DESTINATARIOS/AS: Departamentos municipales en especial, entidades públicas, privadas y ciudadanos/as empadronadas en Castellón en general.

OBJETIVOS:

General: Eliminar barreras lingüísticas entre la población del Municipio.

Específicos: Facilitar la comunicación lingüística oral y escrita entre las personas migradas y profesionales de entidades públicas y privadas como apoyo a su intervención.

Las solicitudes del servicio se pueden solicitar durante todo el año en AMICS.

Programa de Escuela de Acogida

Instancia en el Portal de la ciudadanía.

Las Escuelas de Acogida son un Programa Voluntario de comprensión de la Sociedad Valenciana que garantiza al NUEVO CIUDADANO, el conocimiento de los valores y reglas de convivencia democrática, los derechos y los deberes, la estructura política, a cultura y los idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana y las implicaciones de la diversidad cultural.

DESTINATARIOS/AS:

Personas inmigrantes en general y es especial a los de terceros países, mayores de 18 años y con dominio de la lengua castellana.

OBJETIVOS:

General: Garantizar a las personas migradas empadronadas en Castellón el conocimiento de los valores y reglas de convivencia democrática, de sus derechos y deberes, de la estructura política, la cultura y los idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana y de las implicaciones de la diversidad cultural, como instrumento necesario para dotar de autonomía personal a los/as nuevos/as ciudadanos/as para que puedan ejercer plenamente su ciudadanía.

Específicos:

  • Programar las ediciones de la Escuela de Acogida necesarias para dar respuesta a toda la demanda.
  • Mantener el profesorado voluntario necesario para impartir las ediciones que se programen.
  • Implicar al mayor número de entidades sociales en la capacitación del alumnado.
  • Acercar la Escuela de Acogida a la ciudadanía mediante la difusión y, en su caso, programación y ejecución de cursos en los distritos de la ciudadanos.
  • Incluir en el proyecto transversal de los servicios sociales municipales, la asistencia de los /as usuarios/as de prestaciones económicas en concepto de emergencia social a la Escuela de Acogida.

CONTENIDOS:

  • Módulo I.- Área de Lengua valenciana.
  • Módulo II.- Área de Legislación básica.
  • Módulo III.- Área de Geografía.
  • Módulo III.- Área de Historia.
  • Módulo V.- Área de Información práctica.

Las pre inscripciones se pueden solicitar durante todo el año en AMICS.

Orientación Jurídica en Materia de Extranjería

El Servicio de Orientación Jurídica en materia de derecho de Extranjería. tiene como objetivo general informar, orientar y formar en derecho de extranjería, y en especial, sobre situaciones administrativas, derechos y deberes que la condición de persona refugiada y asilada conlleva, así como las medidas legales previstas ante actitudes o comportamientos racistas.

Este servicio va dirigido a toda la población, preferentemente empadronada en el municipio de Castelló de la Plana, así como a profesionales de otros departamentos municipales y de otros servicios públicos y privados de la ciudad.

El servicio se presta:

  • De forma presencial, previa cita solicitada en A.M.I.C.S., con carácter general, los martes y jueves de 10:00 a 13:00 horas.
  • A través de consulta telefónica (964 244 722) o vía correo electrónico (amics@castello.es). Esta vía está especialmente dirigida a profesionales de otros departamentos municipales, así como de otros servicios públicos y privados de la ciudad.

Atención Social Especializada

Instancia en el Portal de la Ciudadanía.

Qué es:

Es el servicio que realiza acciones de orientación, tramitación, derivación e intervención individualizada en problemáticas específicas de la población migrada no susceptibles de ser atendidas en los servicios sociales generales. A través de entrevistas individualizadas se consensúan los pasos que la persona deberá realizar para afrontar con éxito su proceso de integración social.

Qué beneficios puedo tener:

  1. Recibir una atención individualizada tendente a mejorar las condiciones de integración sociocultural.
  2. Obtener el informe de inserción social preceptivo para acceder a la autorización de residencia temporal por razones de arraigo.
  3. Orientación y derivación a entidades públicas y privadas que pueden dar respuesta a sus necesidades.
  4. Obtener una respuesta especializada cuando la demanda no es susceptible de ser atendida por los Servicios Sociales Generales.

Destinatarios/as:

  1. Para toda persona migrada que, estando empadronada en Castellón, requiera una intervención social especializada.
  2. Para personas migradas que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años (Informe de Inserción Social).

Dónde obtener información:

En la Agencia de Mediación, Integración y Convivencia Social, Ronda Mijares, 14, donde podrá solicitar la cita previa en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes y de 17:00 a 19:00 horas de lunes a jueves, a través de consulta telefónica (964 244 722) o mediante correo electrónico: amics@castello.es.

Informe de Adecuación de la Vivienda

 

Instancia en el Portal de la Ciudadanía.

Para la tramitación de la Autorización de residencia por reagrupación a favor de familiares y, en su caso, de sus posteriores renovaciones, entre la documentación preceptiva a presentar en la Oficina de Extranjeros correspondiente, se encuentra el Informe de Adecuación de vivienda.

Para todas las personas extranjeras extra comunitarias empadronadas en la ciudad de Castellón, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, la administración pública competente para la emisión de dichos informes es el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana, que deberá emitirlos en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la fecha del registro de la solicitud.

Procedimiento:

Se deberá presentar instancia modelo (Portal de la Ciudadanía) en el Registro General del Ayuntamiento o en los de las Tenencias de Alcaldía, a la que se deberá adjuntar:

  • Copia del NIE o Pasaporte.
  • Copia del contrato de alquiler o escritura de propiedad a nombre de la persona solicitante, o declaración del propietario o arrendatario de la vivienda donde resida, autorizando a que convivan en dicho domicilio la persona solicitante y el/los familiar/es a reagrupar.